SOMETIDA A LICENCIA DE ACTIVIDAD

¿Qué es la licencia de apertura y cuando es necesaria?

Es la licencia municipal necesaria para la puesta en funcionamiento, ampliación o reforma de una actividad, establecimiento o instalación pública o privada, susceptible de originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas, según relación dada en art. 55 de la Ley 3/98, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, modificada por la Ley 7/2012 de 23 de abril.

Será necesaria cuando:

  • Primera apertura de un local que se vaya dedicar a actividades comerciales o industriales
  • El cambio de titularidad o de actividad en un local.
  • Modificación o ampliación del local o sus instalaciones.

 

Este proyecto deberá ser presentado en el Ayuntamiento donde esté localizado el local en el que se va a desarrollar

¿De qué se compone?

El contenido del mismo varía en función del tipo de actividad o Ayuntamiento de que se trate.

La ley 7/2012 regula en el País Vasco el contenido de este proyecto y distingue entre dos tipos de actividades, actividades clasificadas sometidas a aviso previo y actividades clasificadas sometidas a licencia de actividad.

Para actividades clasificadas (sometidas a licencia de actividad)

  • Memoria constructiva
  • Memoria de actividad
  • Cumplimiento del CTE Código Técnico de la Edificación
  • Justificación de normativas autonómicas y municipales según actividad
  • Estudio de impacto ambiental
  • Medidas de adecuación.
  • Planos del local

MÁS INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO DE LICENCIAS DE ACTIVIDAD
Formularios presupuesto
Los datos de carácter personal que nos facilite mediante este formulario quedaran registrados en un fichero de ESTUDIO SLG con la finalidad de atender su solicitud. La legitimizacion se realiza a través del consentimiento del interesado. si no acepta no podremos atender su solicitud
reCAPTCHA
Sending